El TAS falla a favor de la FIFA en el conflicto sobre el reglamento de agentes

En un laudo notificado este lunes, el TAS ha fallado a favor de la FIFA en el conflicto sobre el reglamento de agentes, que se mantiene en vigor y desplegará toda su eficacia a partir del mes de octubre de este año 2023.

 

La nueva normativa de agentes de fútbol fifa establece medidas como la limitación de los honorarios, la prohibición de la representación múltiple o el principio por el cual solo los agentes de fútbol con licencia puedan ejercer la actividad, que para la FIFA "aumentarán la estabilidad contractual, garantizarán que los intereses de agentes y futbolistas estén en sintonía, elevarán los estándares profesionales y éticos, y velarán por el correcto funcionamiento del sistema de traspasos".

 

Se trata de la primera evaluación en profundidad de la legalidad del reglamento (RFAF) llevada a cabo por un panel de expertos independientes de reconocido prestigio. La entrada en vigor del RFAF llega tras un exhaustivo proceso de consultas con numerosos grupos de interés. La decisión ratifica la postura de la FIFA, quien considera que el RFAF constituye un marco regulatorio razonable y proporcionado que ayudará a resolver problemas sistémicos del actual sistema de traspasos.

 

La FIFA ha destacado el hecho de que se confirme su autoridad para regular la actividad de los agentes de fútbol en el sistema de traspasos, así como la validez de las principales disposiciones del RFAF. Entre ellas, la limitación de los honorarios, la prohibición de la representación múltiple o el principio por el cual solo los agentes de fútbol con licencia puedan ejercer la actividad; medidas todas ellas que aumentarán la estabilidad contractual, garantizarán que los intereses de agentes y futbolistas estén en sintonía, elevarán los estándares profesionales y éticos, y velarán por el correcto funcionamiento del sistema de traspasos.

 

La FIFA confía en que esta decisión aporte seguridad jurídica a los grupos de interés del fútbol con respecto a la integridad del marco que regula la actividad de los agentes, incluida cualquier disputa en curso.

 

El pasado 9 de enero entró en vigor el proceso de obtención de licencias para ejercer como agente de fútbol estipulado en el Reglamento de la FIFA sobre Agentes de Fútbol aprobado por el Consejo de la FIFA el pasado mes de diciembre.

 

Poco después, la asociación mundial de agentes PROFAA impugnó el reglamento alegando que las nuevas normas de la FIFA violaban el derecho suizo, el derecho comunitario y otras normas nacionales, motivos que acaban de ser desestimados por el TAS.

 

El objetivo marcado por la FIFA es establecer un sistema de traspasos más justo y transparente en el mundo del fútbol.

 

El reglamento establece criterios de servicio mínimos entre los agentes de fútbol y sus clientes. Entre otras medidas, impone un sistema de licencias obligatorio, prohíbe la representación múltiple para evitar conflictos de intereses y aplica un límite en las comisiones. De esta manera, se pretende reforzar la estabilidad contractual, proteger la integridad del sistema de traspasos y alcanzar más transparencia en todas las cuestiones financieras.

 

El reglamento incluye un periodo de transición que abarca hasta el 1 de octubre de este año. A partir de dicha fecha solo se podrán contratar los servicios de agentes de fútbol con licencia y se aplicará el límite en las comisiones de los agentes.

 

La aprobación del Reglamento de la FIFA sobre Agentes de Fútbol nació tras un proceso de consultas llevado a cabo por la FIFA desde 2018 en el que han participado todas las partes interesadas pertinentes. Varias instituciones y organismos han mostrado públicamente su apoyo al proceso de reformas y consultas de la FIFA en torno al Reglamento de la FIFA sobre Agentes de Fútbol.

 

Finalmente, el Tribunal de Arbitraje del Deporte ha acordado lo siguiente:

 

1. Se desestiman en su totalidad las pretensiones interpuestas por PROFAA en el presente proceso.

 

2. Las costas del presente arbitraje, las cuales serán determinadas y separadamente comunicadas a las partes por la Oficina del Tribunal del TAS, correrán igualmente a cargo de PROFAA y FIFA.

 

3. PROFAA y FIFA correrán con sus propios honorarios legales y otros gastos incurridos en relación con este proceso.